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Mostrando entradas de enero, 2012

Textos recomendados para el estudio.

El abogado desde los albores de la historia, se ha caracterizado por ser un profesional integral, de conocimiento amplio y un filósofo por excelencia. Lamentablemente hoy día esa esencia del Abogado se ha ido perdiendo. Las Casas de Estudio, donde se forman a los juristas del mañana, no se les inculca en lo absoluto la ciencia de la investigación jurídica, la transcendencia del pensamiento filosófico, y la comprensión desde lo macro hasta lo micro de tan hermosa profesión. En aras de contribuir a que nosotros los abogados del presente (y los del mañana), rescatemos esa herencia histórica, recomiendo la lectura de los siguientes textos, todos de autores nacionales, quienes no tienen nada que envidiarle a los foráneos. Invierta en usted mismo, si desea ser un abogado penalista, no crea en esos cuentos de pasillos tribunaliceos, que sepultan el estudio, la teoría, por artimañas prácticas, que sólo deforman el Proceso Penal. Conozcamos realmente lo que hacemos. “ESTUDIOS DE DERECHO PROCE

Breve comentario sobre Derecho Penal

Derecho Penal: Carlos Luís Sánchez Chacín             Hoy día no es tarea sencilla definir lo que en sí es el Derecho Penal, todo esto en razón de que los tiempos han permitido el avance de la ciencia penal, asumiendo nuevos retos en cuanto a su ámbito de enseñanza y aplicación, abriendo las puertas a un universo de pensamiento crítico que ha hecho más impreciso su encasillamiento dentro de un concepto. Durante mucho tiempo se cuestionó el denominar nuestra ciencia como “Derecho Penal”, por cuanto se consideraba que se le estaba otorgando mayor relevancia a punir que al delincuente, por lo tanto, se promovió utilizar en su lugar nuevamente el de Derecho Criminal (Como es conocido hoy día en U.S.A “Criminal Law”).              Sin embargo, con el surgimiento de la Criminología como ciencia autónoma encargada del estudio etiológico del Delito -dirigido específicamente al hombre delincuente-, se retomo el nombre de Derecho Penal [1] para identificar a nuestra ciencia, en vista que l

Breve sobre la Libertad en el Ordenamiento Jurídico venezolano

La Libertad y su tratamiento en el ordenamiento jurídico interno: Carlos Luís Sánchez Chacín  El Diccionario de la Real Academia Española, define la Libertad, de la siguiente forma: “ (Del lat. libertas, -ātis ). 1. f. Facultad natural que tiene el hombre de obrar de una manera o de otra, y de no obrar, por lo que es responsable de sus actos ; 2. f. Estado o condición de quien no es esclavo. ; 3. f. Estado de quien no está preso”. La Libertad ha sido, es y seguirá siendo uno de los puntos álgidos en el estudio filosófico (en especial de la Filosofía del Derecho). Ontológicamente [1] ligada al Hombre, como expresión misma de su naturaleza, ha sido objeto del estudio y el pensamiento epistemológico a los fines de determinar primeramente su conceptualización, segundo su lugar en el ámbito antropológico, su necesidad social y su posicionamiento jurídico [2] .   El proceso evolutivo social, conllevo a que las expresiones de la naturaleza humana como la libertad, sufriera una alter